Si has decidido ejercer tus actividades profesionales por cuenta propia, parece que te ha llegado el momento de darte de alta como autónomo. Pero no te preocupes, éste no tiene por qué ser un proceso tan complicado como suena.
Aquí te compartimos los puntos clave del proceso que debes seguir para darte de alta y ejercer tu actividad profesional como autónomo, sin sufrir en el camino.
Requisitos y documentación que necesitas para darte de alta como autónomo
Lo primero que debes saber es que este es un proceso que consta de dos partes; el alta en Hacienda y el alta en la Seguridad Social al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Y aunque hay documentación que tendrás que presentar en ambas instituciones, también deberás preparar un formulario (conocido como “modelo”) independiente en cada una.
A nivel general, deberás tener a mano tus datos personales y la información correspondiente a tu actividad económica, incluyendo:
- DNI, NIE o pasaporte.
- Datos bancarios (vinculados al pago de cotizaciones).
- Especificaciones sobre la actividad que se realizará. Descripción, lugar donde se llevará a cabo, etc.
Adicional a esto, para inscribirte al RETA, deberás presentar el modelo TA0521, donde deberás introducir información sobre tu actividad y datos fiscales. Por otro lado, para realizar el trámite correspondiente en Hacienda, tendrás que utilizar el modelo 036, o bien, la versión simplificada del modelo 037.
Proceso y tiempos que se emplea en un alta de autónomo
Tu primer paso para hacerte autónomo en España debe ser acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social. Ahí podrás obtener tu número de afiliación, en caso de que aún no lo tengas, así como darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Como mencionamos anteriormente, para darte de alta necesitarás presentar el modelo TA0521. Además, tendrás que calcular la base de cotización, la cual determinará la cuota de autónomo que pagarás mensualmente.
Y ya que tocamos el tema, debes saber que la primera vez que te das de alta como autónomo puedes acceder a una tarifa plana con una cuota de 80€ al mes durante el primer año, y que puede extenderse al segundo año si no superas el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
El alta en el RETA es un trámite que también puedes realizar en línea a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, si dispones de certificado electrónico o Cl@ve PIN.
El segundo paso para hacerte autónomo es registrarte en Hacienda. Para ello deberás presentarte en la Agencia Tributaria y darte de alta en el Censo de Empresarios utilizando el modelo 036 de declaración censal. También podrán utilizar el modelo 037 de declaración censal simplificada aquellas personas que tengan asignado un número de identificación fiscal, no actúen por medio de representante, su domicilio coincida con el de gestión administrativa, no representen grandes empresas y no realicen ventas a distancia.
También puedes realizar el trámite correspondiente en Hacienda a través de la Sede Electrónica de la AEAT, siempre que dispongas de certificado electrónico o Cl@ve PIN.
Normalmente, estos dos pasos, que son indispensables para ejercer tu actividad profesional como autónomo en España, pueden llevar de 3 a 5 días laborales si presentas la documentación completa y no existen incidencias. Sin embargo, el tiempo exacto siempre dependerá de la situación particular de cada persona y del tiempo que tarden los organismos correspondientes en revisar y aprobar la documentación.
Por otro lado, existen otro par de trámites que no son obligatorios para todos los trabajadores autónomos, sino que dependen del tipo de actividad que desempeñarán:
- Existen algunos casos en los que el trabajador deberá solicitar una o más licencias para ejercer su actividad. Éstas varían según la comunidad autónoma y el municipio en que ésta se desarrolle, por lo que es importante verificarlo y realizar los trámites correspondientes con antelación, ya que es necesario concretarlos antes de la apertura del negocio.
- Aquellos autónomos que abran un espacio donde emplearán a otros trabajadores, deberán comunicar la apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de su comunidad autónoma. Para realizar este trámite necesitarás presentar datos como el DNI o NIE, información sobre la actividad a desarrollar y los trabajadores que se contratarán.
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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL PASO A PASO DEL ALTA COMO AUTÓNOMO
Si es la primera vez, ¿cómo puedo darme de alta como autónomo?
Primero deberás acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social para obtener tu número de afiliación a la Seguridad Social y darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para realizar este trámite deberás rellenar el modelo TA0521.
Posteriormente, deberás darte de alta también en el Censo de Empresarios a través de Hacienda. Para ello deberás utilizar el modelo 036, o bien, la versión simplificada del modelo 037.
En ambos casos, podrás realizar el alta en línea a través de la sede electrónica correspondiente, siempre que cuentes con certificado electrónico o Cl@ve PIN.
¿Cuál es el precio inicial de darse de alta como autónomo?
Los trámites para darte de alta como autónomo en España no tienen ningún costo. Puedes llevar a cabo todos los procesos tú mismo, aunque también puedes solicitar el apoyo de una gestoría para realizarlos, en ese caso el coste dependerá del servicio que contrates.
En cuanto a la cuota de autónomo que deberás pagar, si es la primera vez que te das de alta, podrás acceder a una tarifa plana con una cuota mensual de 80€ durante el primer año. También podrás mantener esta tarifa durante el segundo año si no superas el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
¿Qué pasa si un autónomo no factura nada?
Si estás dado de alta como autónomo y no facturas durante un mes, deberás pagar la cuota de autónomo correspondiente de igual forma. Sin embargo, si sabes de antemano que no vas a facturar durante determinado tiempo, tienes la opción de cesar tu actividad para no estar obligado a pagar la cuota en ese mes.
Por otra parte, si no tienes ingresos o estos no superan los 1000€ al año, puedes optar por no presentar la Declaración de la Renta. Aunque cabe mencionar que es recomendable que la presentes de cualquier forma, ya que así tendrás acceso a los beneficios en las deducciones.