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Ser autónomo significa ejercer una actividad económica de forma independiente, lo cual tiene implicaciones fiscales y legales que varían según la figura jurídica con la que se rigen. Existen diferentes clases de autónomos y sociedades, determinadas a partir de la actividad que realizan o el régimen con el que tributan.  

Si estás pensando en emprender un negocio en España, aquí te contamos las diferentes clases de trabajadores autónomos con que puedes darte de alta, y las principales ventajas de trabajar por cuenta propia.

Trabajadores autónomos

También conocidos como “trabajadores por cuenta propia”, esta es la forma de trabajo autónomo más común. Esta clase se refiere a personas físicas que ejercen su actividad de forma independiente, es decir, sin estar vinculado a un contrato de trabajo por cuenta ajena.

A su vez, los trabajadores autónomos se dividen en dos grupos, dependiendo del tipo de actividad que realicen pueden clasificarse como:

  • Autónomos que cotizan por actividades empresariales en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Por ejemplo, los taxistas, transportistas, peluqueros, hosteleros, etc.
  • Artistas y deportistas, como actores, músicos, artistas de circo, futbolistas, tenistas, etc.

Freelance o profesionales autónomos

Son aquellos autónomos que ejercen su profesión de forma independiente y que pueden tener o no empleados a su cargo. Normalmente ser freelance consiste en que los trabajadores realizan sus actividades desde casa, pero también pueden hacerlo desde un establecimiento o un espacio de trabajo compartido como el coworking, como pueden ser por ejemplo cualquiera de nuestros coworkings de Barcelona. Echa un vistazo más en detalle a qué es un freelancer y las ventajas de trabajar como freelance. 

Esta clase de autónomos se divide en dos categorías:

  • Colegiados: Trabajadores que deben estar adscritos a un Colegio Profesional, y realizan aportaciones a través de este y no del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Por ejemplo, abogados, veterinarios, farmacéuticos, arquitectos, etc.
  • No colegiados: Profesionales que no necesitan estar colegiados para desempeñar su actividad, y están incluidos en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Por ejemplo, traductores, publicistas, maquillistas, diseñadores, programadores, etc.

Autónomos societarios o empresarios

Son profesionales que han constituido una sociedad mercantil a través de la que desarrollan su actividad económica. A diferencia de los tipos de autónomos que trabajan de forma individual y operan como personas físicas, los autónomos societarios ejercen su actividad bajo la figura jurídica de una sociedad.

Algunas de las sociedades mercantiles más comunes en España son:

  • Sociedad Limitada (SL): En este tipo de sociedad la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado, es decir, no deberán responder con su propio patrimonio en ningún caso.
  • Sociedad Anónima (SA): Es una sociedad formada por participaciones en la que el capital se divide en acciones, y la responsabilidad de cada socio es proporcional al capital aportado.

Autónomos colaboradores

En esta clase de autónomos se clasifican todos aquellos profesionales que trabajan con su cónyuge o con familiares directos de hasta segundo grado de consanguinidad. En este caso, la persona titular debe estar dada de alta como autónomo para poder contratar a un familiar como autónomo colaborador. 

La principal diferencia entre esta y las otras clases, es que el colaborador no está obligado a presentar la declaración del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ni el pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF).

Autónomos económicamente dependientes o TRADE

Un trabajador autónomo se considera económicamente dependiente (TRADE) cuando al menos el 75% de sus ingresos provienen de un solo cliente, pero que no cuenta con un contrato de tipo mercantil con dicho cliente. 

Algunos de los requisitos que deben cumplirse para estar dentro de esta clase de autónomos son: 

  • No contar con trabajadores a su cargo, ni subcontratar a terceros.
  • Disponer de los materiales, infraestructura y recursos necesarios para ejercer la actividad profesional.
  • Facturar al cliente la remuneración por sus servicios.

Autónomos agrarios

Los trabajadores por cuenta propia que se dedican exclusivamente a actividades agrícolas se denominan autónomos agrarios. Este tipo de trabajadores cotizan mediante el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA). Algunos requisitos que deben cumplir los profesionales para cotizar en el SETA son:

  • Poseer la titularidad de una explotación agrícola, y obtener al menos el 50% de los ingresos de ella. 
  • Realizar personalmente la actividad agrícola en la explotación.  

 

Características y principales ventajas de ser autónomo

Algunas características que definen a un trabajador autónomo, y que representan las principales ventajas de este régimen laboral son:

  1. Flexibilidad y autonomía

    Los trabajadores autónomos tienen la libertad para trazar sus propios objetivos y tomar decisiones sobre el trabajo que realizan. Además tienen la posibilidad de establecer su propio horario, lo cual les permite conciliar su vida personal y profesional.

  2. Trabajo desde cualquier lugar

    De igual forma, los autónomos pueden decidir cuál es el lugar desde el que llevarán a cabo su actividad. Ya sea desde casa, un espacio de coworking como los diferentes coworkings de Madrid que ponemos a tu disposición, o viajando alrededor del mundo, cuentan con la flexibilidad para elegir el espacio que mejor se adapta a sus necesidades y objetivos.

  3. Elección de proyectos y clientes

    Los trabajadores por cuenta ajena por lo general no pueden decidir el tipo de proyectos o los clientes con los que trabajan, sin embargo, el autónomo tiene la opción de decidir con quién colaborar y el tipo de proyectos que desea trabajar para desarrollar sus habilidades, especializarse o diversificar su área de expertise, y alcanzar sus objetivos profesionales en general.

  4. Potencial de crecimiento

    Al ser el dueño de su marca personal, el profesional autónomo tiene la posibilidad de escalar su negocio y crecer, contratar a un equipo de trabajo, participar en múltiples proyectos y aumentar sus ganancias. Al mismo tiempo, puede tener un desarrollo profesional continuo, diversificar su experiencia laboral y explorar nuevas áreas de conocimiento.

 

Rentabilidad de ser autónomo VS sociedad

Al emprender un negocio, deberás elegir cuál es la figura jurídica adecuada para él, y darte de alta como autónomo persona física o crear una sociedad. Esto dependerá de factores como el tipo de actividad económica que desarrollarás, los gastos e ingresos asociados con la actividad, y los objetivos que planteas para tu negocio, entre otros.    

Estos son algunos parámetros que puedes considerar para evaluar la rentabilidad de ambas opciones y elegir la que mejor encaje con tu negocio:

  • Responsabilidad económica

    Los autónomos tienen responsabilidad económica ilimitada, es decir, responden con su patrimonio personal ante las deudas y obligaciones de su negocio, lo cual puede representar un riesgo financiero. Por otro lado, en una sociedad la responsabilidad es limitada, los socios y accionistas responden únicamente con el capital aportado a la sociedad, protegiendo así su patrimonio personal.

  • Fiscalidad

    La actividad del trabajador autónomo está regulada por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que es un impuesto progresivo e implica que conforme crezcan los beneficios del negocio, también incrementará el impuesto a pagar. Mientras que las sociedades están reguladas por el Impuesto de Sociedades (IS), que es un impuesto fijo del 25%, pero muchas veces resulta menor debido a las deducciones a las que puede acceder las empresas bajo esta figura jurídica.

  • Costes

    En general, ser autónomo implica menos costes y trámites burocráticos, tanto al momento de darte de alta como durante la gestión del negocio. Por ejemplo, para el registro en cualquiera de las dos figuras jurídicas es necesario darse de alta en Hacienda, sin embargo en el caso de la sociedad también es necesario constituirla en el registro mercantil. Por otro lado, la estructura empresarial de una sociedad puede facilitar la obtención de financiamiento externo o la captación de inversiones.

Preguntas frecuentes sobre los tipos de autónomos

¿Cómo se determina la categoría de autónomos?

Existen diferentes regímenes y categorías para los trabajadores autónomos que dependen principalmente del tipo de actividad económica que desarrollará y el nivel de ingresos estimados.

Aquí te cuento un poco sobre estos dos principales factores que determinan la categoría de autónomos y que podrían ayudarte a elegir la que mejor se adapte a tu negocio:

  • Actividad económica: El tipo de actividad que se realizará es un factor importante debido a que existen categorías que están ligadas a una actividad específica. Por ejemplo, los autónomos agrarios, que cotizan mediante el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA), en lugar del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), como otros autónomos que prestan sus servicios profesionales.
  • Ingresos estimados: El nivel de ingresos proyectados puede ayudar a determinar la categoría de un trabajador autónomo. Por ejemplo, si el 75% o más de los ingresos de tu negocio provienen de un solo cliente, te corresponde la categoría de económicamente dependiente (TRADE). Por otro lado, el régimen en el que se debe cotizar también puede cambiar si se supera un determinado umbral de ingresos anuales.

¿Qué régimen tiene un autónomo?

El régimen al que están adscritos los trabajadores autónomos en España es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Al darse de alta para ejercer una actividad económica de forma independiente, los trabajadores por cuenta propia deben cotizar al RETA.